Dudas sobre el grabado

01.04.2014 23:37
¿EXISTE ALGUNA RESOLUCIÓN QUE EXIJA GRABAR LOS CRISTALES?
 
Sí, existen varias resoluciones de aduana que exigen el grabado de los cristales en automotores, vehículos de carga, transporte, etc.
 
 
Resolución General de Aduana
956/2001
Los cristales se graban según la disposición de aduana.
 
¿POR QUÉ SE DEBEN GRABAR LOS CRISTALES?
Los cristales se deben grabar por exigencia de aduana al salir del país y para poder realizar la Verificación Técnica Vehicular (V. T. V.), también esta aconsejado por la policía como método antirrobo.  
 
¿QUIÉNES ESTÁN AUTORIZADOS A GRABAR LOS CRISTALES?
Según las resoluciones nacionales, el grabado de cristales lo puede realizar el particular en la planta verificadora o en cualquier lugar de su elección, es decir no hay obligación de grabar en la V. T. V. y tampoco en los establecimientos de la policía provincial o federal como se cree. 
607/98 ARTICULO 5º-Cuando la planta verificadora cuente con el servicio de grabado de cristales aludido en el artículo anterior, el usuario cuyo automotor no hubiere cumplido con la obligación impuesta en el artículo 1º de esta Sección, podrá optar libremente por hacer grabar los cristales de su vehículo en dicha planta o concurrir a esos fines al lugar de su elección".
 
¿SE EXIGE ALGÚN SISTEMA DE GRABADO EN ESPECIAL?
No, existen tres sistemas distintos de grabado de los cuales el mas utilizado es el sistema químico (original) sin impacto, de hecho todos los vehículos están por ley obligados a tener los cristales grabados con parte del numero de chasis, y las terminales (fabricas) lo hacen con el sistema químico: por ser rápido, limpio y seguro (al no tener impacto en el cristal no corre riesgo de rotura
 

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