Grabado de cristales

01.04.2014 14:20
  • Grabar los cristales del automóvil es una manera de evitar robos y, según la Disposición 850/80 del Registro Nacional de la Propiedad del Automotor, se obliga a acuñar el dominio que figura en el título de propiedad en al menos seis de aquéllos. 
  • Por Resolución 956/01 de la A.F.I.P., a partir del 16 de abril de 2001, todo vehículo automotor que salga del país deberá llevar grabado en sus cristales el número de patente. Para el que tenga seis o más vidrios la patente deberá figurar en el parabrisas delantero, la luneta trasera y en los cristales laterales de mayor tamaño; cuando sea menor a seis la cantidad de cristales el dominio se deberá grabar en todos ellos.
  • La Disposición 607/98 de la D.N.R.P.A. establece la forma de grabar los cristales. Determina en qué vidrios se debe efectuar el tallado, la ubicación del mismo y el tamaño de los caracteres.
  • En la Ciudad de Buenos Aires hay un taller en el edificio Centinela, ubicado en la Avda. Gendarmería Nacional 717, atención al público de lunes a viernes en el horario de 8,30 a 18 hs.
  • El método de impresión que se mantiene en el tiempo, es inviolable y hace imposible la reventa del cristal por ladrones, es el de grabado por arenado o torno denominado biselado.   
  • Algunas empresas que utilizan el sistema de arenado aumentan la seguridad al grabar el dominio utilizando un sistema láser con un acabado muy superior. 
  • Sin perjuicio de ello, el control también se realiza por medio del Código VIN, número internacional, cuyos últimos ocho dígitos se deben gravar en el chasis y en el motor del automotor en las fábricas terminales y que figura en la cédula verde. 

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